Una factura es un documento de carácter mercantil que indica una compraventa de un bien o servicio y que, entre otras cosas, debe incluir toda la información de la operación. Podemos decir que es una acreditación de una transferencia de un producto o servicio tras la compra del mismo.
Es un requisito de obligatorio el mensaje electrónico de confirmación del recibido de la factura y de los bienes y/o servicios adquiridos, cumplimiento para aquellas facturas electrónicas en la que se otorgue un plazo de venta expedidas o en una operación a crédito, para el pago de las mismas como efecto de soportar costos, deducciones e impuestos descontables, según la DIAN.
El pasado 19 de agosto mediante Concepto Unificado 106, sobre obligación de facturar y sistema de factura electrónica, la DIAN indico que el mensaje de confirmación únicamente es obligatorio para soportar costos y deducciones en renta y descontables en IVA, cuando se trate de operaciones de venta de bienes o prestación de servicios a crédito o con un plazo para el pago, en los términos del artículo 616-1 del Estatuto Tributario. Leer también: Doctrina en materia de criptoactivos por la DIAN
Retomando los mensajes electrónicos de confirmación del recibido de la factura y de los bienes y/o servicios adquiridos a crédito o con el otorgamiento de un plazo para el pago son una condición en materia fiscal para que las facturas electrónicas de venta relacionadas con operaciones a crédito o a plazos por la compra de bienes y/o prestación de servicios puedan ser soporte de costos, deducciones e impuestos descontables.