De acuerdo con el decreto 957 del 5 de junio de 2019, el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo (MinCIT) estableció un nuevo criterio de tamaño empresarial conforme a los ingresos por actividades ordinarias anuales, el cual cambiará dependiendo del sector económico en el que se desarrolle la actividad de la empresa, si una empresa realiza varias actividades la categoría que deberá aplicar debe ser aquella de donde provienen la mayor parte de sus ingresos.
Tabla según el sector/tamaño de la empresa:
Microempresa:
≤ 23.563 UVT
Pequeñas empresas:
> 23.563 UVT
≤ 204.995 UVT
Medianas empresas:
> 204.995 UVT
≤ 1.736.565 UVT
Microempresa:
≤ 32.988 UVT
Pequeñas empresas:
> 32.988 UVT
≤ 131.951 UVT
Medianas empresas:
> 131.951 UVT
≤ 483.034 UVT
Microempresa:
≤ 44.769 UVT
Pequeñas empresas:
> 44.769 UVT
≤ 431.196 UVT
Medianas empresas:
> 431.196 UVT
≤ 2.160.692 UVT
Según el gobierno este nuevo modelo obedece a la adopción de un estándar de internacional que permitirá al país dar más claridad a políticas públicas en materia de créditos, financiación y apoyos a sectores productivos.
El decreto tendrá vigencia a partir de Diciembre de 2019.